La Inmacualda Concepción - La Catedral
INFORMACIÓN DE CONTACTO
LA INMACULADA CONCEPCIÓN, NEIVA
VICARIA: La Inmaculada
FIESTA PATRONAL: 8 de Diciembre
SACERDOTES
PARROCO: P. Pedro Maria Pérez Trujillo
VICARIO: P. Norbey Artunduaga Torres
P. Julián Andrés Vargas Penagos
FIESTA PATRONAL: 8 de Diciembre
DIRECCION OFICINA: Calle 7 N° 4-52
TELEFONO: 608 871 1896
CORREO: catedralneiva@hotmail.com
DIRECCION CASA CURAL: Calle 7 N° 4-52
TELEFONO CASA CURAL: 8711896
SERVICIOS:
Horario Eucaristías
Domingos
6:00 a.m. - 7:00 a.m. - 9:00 a.m. - 11:00 a.m. - 12:00 m - 6:00 p.m. - 7:00 p.m.
Lunes Festivos:
No hay celebración
Lunes a sábado:
Colonial: 6:00 a.m. y 5:00 p.m.
Catedral: 7:00 a.m. y 6:00 p.m.
Horario Despacho
Lunes a Viernes 8:00a.m-12:00p.m 2:00p.m-6:00p.m
Horario Adoración al Santísimo
De lunes a sábado de 6:00 a.m. a 6:00 p.m. Templo Colonial
Sacramento del Bautismo
I. ¿QUÉ ES EL BAUTISMO?
Es el primero de los sacramentos establecidos por Jesucristo. Es el íngreso a la Iglesia de Cristo. Es el pórtico de la vida espiritual (CIC N° 1213)
"SACRAMENTO" Es un signo sensible instituido por Cristo por medio del cual con las debidas palabras, para su realización se entrega una gracia especial.
En el Bautismo el signo sensible es el AGUA y las palabras son las mismas que idico el mismo Jesús: Id y haced discípulos a todas las gentes bautizándolas en el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo (Cf. Mt.28,29)
El bautismo es un nuevo nacimiento a lo cual aludio Jesús al decir a Nicodemo "el que nazca del agua y del Espíritu si puede entrar en el Reino de Dios" (Cf. Jn. 3,5)
por el Bautismo el creyente participa en la muerte de Cristo, es sepultado pero se pasa a una nueva vida unido a Cristo Resucitado (CIC N° 1227)
II. REQUISITO PARA ASENTAR LA PARTIDA
1.Inscribirse el lunes anterior a la fecha del Bautismo en horas de despacho.
2. Asentar la partida el día miercoles anterior al día del Buatismo.
3. Sí los padres del niño son casados por la Iglesia presentar partida del matrimonio, sino lo son y viven en pareja la partida de bautismo de cada uno o registro civil, igual sino conviven.
4. presentar el registro civil del niño que va a ser bautizado (Legible).
5. Sí el niño tiene más de siete (7) años de edad cumplidos debe hacer catequesis personalizada de diez (10) meses que se inicia en el mes de febrero.
6. Traer fotocopia de la cédula de los padrinos
Nota: Los padrinos no pueden ser los padres y/o abuelos
7. Los padres y los padrinos del niño deben asistir obligatoriamente a la catequesis los días lunes y martes a las 7pm. En el lugar indicado por la parroquia (salón parroquial)
8. El folleto "El Bautismo de nuestros hijos" debe ser estudiado.
9. Asistir puntualmente a la catequesis como a la Eucaristía del domingo día del Bautismo.
III. LOS PADRINOS DEL BAUTISMO
Para elegir a los padrinos, los padres deben guiarse por una reflexión de fe y no dejar la elección de los padrinos a sus hijos a impulsos sentimentales, emocionales ni a intereses sociales (políticos; familiares, laborales, etc.) . Al elegir al padrino no se trata de mirar "a quien hacer honor" . Ser padrinos de Bautismo es un honor, es cierto, pero es un honor que se debe merecer.
1. ¿Qué exige la Iglesia para que una persona pueda ejercer el oficio de padrino o madrina?
Rta/. Que haya sido debidamente elegido por quien corresponde: la persona que va a ser bautizada, los padres a quines ocupan su lugar o el ministro del sacramento.
- Que tenga capacidad para cumplir esta misión y llenen las cualidades que determinen la ley canónica: 16 años cumplidos, catolico, confirmado, que haya recibido la primera comunión y que viva de acuerdo a la fe cristiana. No pueden ser padrinos quienes se declaran ateos, sin religión, ni aquellos que no estén en comunión con la Iglesia. Tampoco puede ser padrino o madrina quien vive en nión libre (concubinato), adulterio o casado únicamente por lo civil. No puede ser padrino el que pertenece a una congregación no católica, o quien este afectado por una pena canónica. Los padres del niños no pueden ser padrinos de sus hijos, como tampoco sus abuelos, ni hermanos del bautizado. (Cf. CIC N° 872-874)
- Que acepten cumplir la misión de acompañar al bautizado en su iniciación cristianan en su crecimiento en la fe y en el cumplimiento de sus deberes de bautizado.
- que participe en la preparación con los padres del niño que van a hacer bautizado, sobre el significado de este sacramento y las obligaciones que lleva consigo.
2. ¿A que estan llamados los padrinos?
Rta/.
- A crear con su ahijado vínculos de familiaridad.
- A interesarese por lo que le ocurra en su formación humana y cristiana.
- A ser persona en quien el ahijado pueda confiar y en quien pueda buscar apoyo para los momentos dificiles.
- A ser para él un testimonio vivo de fe, ejemplo de vida recta y sana.
IV. COMPROMISOS PADRES Y PADRINOS
Las leyes de la Iglesia dicen: Para Bautizar a un niño se requiere que "haya esperanza fundada en que el niño va a ser educado en la religión católica" (CIC. N° 868).
Los padrinos tiene que "procurar que después de bautizado, su ahijado, lleve una vida cristiana congruente con el bautismo y cumpla fielmente las obligaciones inherentes al mismo" (CIC. N° 872)
Y como no puede haber verdadera educación sin el ejemplo, tenemos que afirmar que las dos obligacines principales y fundamentales son: El buen ejemplo y la educación cristiana. Padres y padrinos deben cumplir esta tarea y dar este testimonio.
Si los padres del niño no son casados se les invita a que, al lado del don del Bautismo, le den al niño el regalo de la santificación del hogar por el sacramento del matrimonio.
La educación cristiana tiene que empezar en la más tierna edad. Los primeros años de vida son fundamentales para la educación. El Bautismo de no haber inconveniente grave, debe darse en las primeras semanas de vida del niño. (Cf. CIC N° 867)
"Para que la gracia bautismal pueda desarrollarse es importante la ayuda de los padres. Este es también el papel del padrino o de la madrina, que deben ser creyentes sólidos, capaces y prestos a ayudar al nuevo bautizado, niño o adulto, en su camino de la vida cristiana. (Cf. CIC N° 872-874). Su tarea es una verdadera función eclesial. Toda comunidad eclesial participa de la responsabilidad de desarrollar y guardar la gracia recibida en el Bautismo" (Cf. CIC N° 1225).
SACRAMENTO DEL MATRIMONIO
REQUISITOS PARA EL MATRIMONIO
- Haber cumplido 18 años de edad
- Los menores de edad deben tramitar por medio de sus padres ante el párroco la dispensa del impedimento del obispo
TRAER LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS
- Certificado de curso pre-matrimonial
Nota: Para realizar el curso pre-matrimonial se debe inscribir en la curia diocesana - Partida de bautismo y confirmación de los novios, originales, que no tengan más de tres (3) meses de expedida (si las partidas son de otra diocesis deben traerlas autenticadas por la curia episcopal respectiva) Nota: Los datos de nombres y fechas de las partidas deben tener concordancia con la cédula y el registro civi
- Registro civil de nacimiento reciente
- Fotocopia de la cédula de ciudadania de los novios
- Una foto tamaño cédula de cada uno de los novios
- Si los novios que van a contraer matrimonio son de otras parroquias, deben traer el permiso del párroco de donde tengan residencia uno de los novios
- Si tienen hijos de los dos, traer partida de bautismo y registro civil de los hijos para efectos de legitimación
- Si unode los dos novios ha celebrado matrimonio católico y ha quedado viudo presentar la partida de defunción del cónyuge difunto.
- Si los contrayentes ya han celebrado matrimonio civil, traer el registro civil de matrimonio.
- Si uno o los dos novios han contraído matrimonio católico inválido presentar la sentencia de nulidad matrimonial.
- Si uno o los dos han contraído matrimonio civil con un tercero y se han divorciado, traer la sentencia de divorcio civil.
- Fotocopia de la cédula de quienes van a hacer padrinos del matrimonio; como de los que van a ser testigos de la información.
- Presentar los anteriores documentos para ser revisados por el párroco con 30 días de antelación al matrimonio
- Realizar la información matrimonial 30 días antes del matrimonio
- Para el día de la información traer dos testigos.
Nota 1: Los testigos no han de ser familiares de los novios
Nota 2: Pasar a la oficina del párroco o del vicario parroquial para socializar los requisitos en el horario de la mañana